                    LICENCIA PÚBLICA GENERAL DE GNU
                     Versión 3, 29 de junio de 2007

 Copyright © 2007 Free Software Foundation, Inc. <http://fsf.org/>

 Se autoriza la reproducción y distribución de las copias del presente documento
de licencia, pero se prohíbe la modificación de cualquiera de sus partes.


                            Preámbulo

 La Licencia Pública General de GNU (GNU GPL, por sus siglas en inglés) es una
licencia libre y gratuita con derecho de copia para software y otros tipos de
obras.

 Las licencias para la mayoría del software y otras obras de índole práctica
están diseñadas para privarle de la libertad para distribuir y modificar las
obras. Por el contrario, la Licencia Pública General de GNU garantiza la libre
distribución y modificación de todas las versiones de un programa, a fin de
asegurarle dicha libertad a todos los usuarios. En la Fundación para el Software
Libre utilizamos la Licencia Pública General de GNU para la mayoría de nuestro
software; también se aplica a cualquier otra obra publicada de esta manera por
sus autores. Usted también puede aplicarla a sus programas.

 Cuando hablamos de software libre, nos referimos a la libertad, no al precio.
Nuestras Licencias Públicas Generales están diseñadas para garantizarle a usted
la libertad de distribuir copias de software libre (y cobrar por ellas, si así
lo desea), obtener el código fuente, o tener la posibilidad de obtenerlo,
modificar el software o utilizar partes del mismo en nuevos programas libres, y
saber que puede hacer estas cosas.

 Para proteger sus derechos, necesitamos evitar que otros le nieguen estos
derechos o le pidan que renuncie a los mismos. Por lo tanto, en el caso de que
usted distribuya o modifique este software, tendrá ciertas responsabilidades a
fin de garantizar la libertad de los demás.

 Por ejemplo, si usted distribuye copias de un programa de esta naturaleza, ya
sea en forma gratuita o a cambio de dinero, debe extender a los destinatarios
del software las mismas libertades que le fueron otorgadas a usted. Debe
asegurarse de que ellos también reciban o tengan la posibilidad de obtener el
código fuente. Y debe mostrarles los presentes términos a fin de que conozcan
sus derechos.

 Los desarrolladores que utilizan la GNU GPL siguen dos pasos para proteger los
derechos que usted recibe: (1) declarar los derechos de autor del software, y
(2) ofrecerle esta Licencia para que usted pueda copiar, distribuir y/o
modificar el software legalmente.

 A fin de proteger a los desarrolladores y autores, la GPL explica claramente
que nos se ofrecen garantías por este software libre. Por el bien de los
usuarios y de los autores, la GPL exige que las versiones modificadas se
identifiquen como tales, de modo que los problemas que puedan contener estas
versiones no se atribuyan erróneamente a los autores de versiones anteriores.

 Existen algunos dispositivos diseñados para negarles a los usuarios el acceso
para instalar o ejecutar versiones modificadas del software que contienen,
aunque el fabricante pueda hacerlo. Esto es esencialmente incompatible con el
objetivo de proteger la libertad de los usuarios para modificar el software. El
patrón sistemático de tal abuso se da en el área de productos para el uso por
parte de individuos, precisamente un área en la cual se vuelve más inaceptable.
Por lo tanto, hemos diseñado esta versión de la GPL a fin de prohibir la
práctica para dichos productos. En el caso de que dichos problemas surgieran en
otras esferas, hemos tomado los recaudos necesarios para extender esta
disposición a dichas esferas en futuras versiones de la GPL, según se requiera
para proteger la libertad de los usuarios.

 Por último, todos los programas se ven amenazados constantemente por patentes
de software. Los Estados no deberían permitirles a las patentes restringir el
desarrollo y el uso de software en computadoras para fines generales, pero, en
el caso de que esto suceda, deseamos evitar el riesgo especial de que las
patentes que se apliquen a un programa libre efectivamente otorguen tal
exclusividad. Para lograrlo, la GPL garantiza la imposibilidad del uso de las
patentes para apropiarse de un programa y restringir dicha libertad.

 A continuación, se incluyen los términos y condiciones particulares para la
reproducción, distribución y modificación del software.


                       TÉRMINOS Y CONDICIONES

0. Definiciones.

 Por “esta Licencia” se entiende la versión 3 de la Licencia Pública General de
GNU.

 El término “copyright” también se extiende a las leyes que protegen los
derechos de autor para otros tipos de obras, tales como diseños de circuitos
integrados sobre substrato semiconductor.

 Por “el Programa” se entiende cualquier obra incluida en esta Licencia sobre la
que se puedan ejercer derechos de autor. Para referirnos a cada licenciatario,
utilizamos el término “usted”. Los “licenciatarios” y “destinatarios” pueden ser
individuos u organizaciones.

 Por “modificar” una obra se entiende el proceso de copiar o adaptar una obra en
forma parcial o total de un modo que requiera autorización de copyright y que no
sea la reproducción de una copia exacta. La obra resultante es una “versión
modificada” de la obra anterior o una obra “basada en” la obra anterior.

 Por “obra amparada” se entiende el Programa sin modificaciones o una obra
basada en el Programa.

 Por “propagar” una obra se entiende cualquier acción sobre la misma que, en el
caso de no tener autorización, pudiera hacerlo responsable, ya sea en forma
directa o indirecta, de infringir las leyes de derechos de autor aplicables,
salvo que dicha acción se realice en una computadora o se modifique una copia
privada. La propagación incluye la reproducción, distribución (con o sin
modificaciones), divulgación y, en algunos países, otras actividades también.

 Por “transmitir” una obra se entiende cualquier tipo de propagación que le
permita a un tercero hacer o recibir copias. La mera interacción con un usuario
a través de una red informática, cuando no se transfiere una copia, no se
considera una transmisión.

 Una interfaz de usuario interactiva muestra “avisos legales apropiados” en la
medida en que, de un modo práctico y bien visible, (1) muestre un aviso de
copyright apropiado y (2) le informe al usuario que no se ofrecen garantías por
la obra (salvo que efectivamente se ofrezcan garantías) y que los licenciatarios
pueden transmitir la obra conforme a las disposiciones de esta Licencia, además
de mostrar la forma en que se puede consultar una copia de esta Licencia. Si la
interfaz presenta una lista de comandos del usuario u opciones, tales como un
menú, dicha lista debe incluir un ítem visible que cumpla con este criterio.


1. Código fuente.

 El “código fuente” de una obra es el formato preferido de la obra para realizar
modificaciones en la misma. Por “código objeto” se entiende cualquier formato de
una obra que no sea código fuente.

 Una “interfaz estándar” es una interfaz que puede ser una norma oficial, según
lo defina un organismo de normas reconocido, o bien, en el caso de interfaces
específicas para un lenguaje de programación particular, una interfaz de uso
generalizado entre los desarrolladores que trabajan con dicho lenguaje.

 Las “bibliotecas de sistemas” de una obra ejecutable comprenden cualquier cosa,
salvo la obra en su totalidad, que (a) se incluya en la forma normal de
empaquetamiento de un Componente Importante, pero que no forme parte del
Componente Importante, y (b) sirva únicamente para permitir el uso de la obra
con dicho Componente Importante o para implementar una Interfaz Estándar para la
cual haya a disposición del público una implementación en forma de código
fuente. Un “Componente Importante”, en este contexto, es un componente
fundamental (núcleo, sistema de ventanas, etc.) del sistema operativo específico
(si hubiera) en el que funcione la obra ejecutable, o un compilador utilizado
para producir la obra, o un intérprete de código objeto utilizado para
ejecutarlo.

 La “Fuente Correspondiente” para una obra en código objeto refiere a todo el
código fuente necesario para generar, instalar y (para una obra ejecutable)
ejecutar el código objeto y modificar la obra, incluidas las secuencias de
comandos para controlar dichas actividades. Sin embargo, no incluye las
Bibliotecas de Sistemas de la obra, así como tampoco herramientas de aplicación
general o programas libres generalmente disponibles que se utilicen sin
modificaciones para realizar dichas actividades pero que no formen parte de la
obra. Por ejemplo, la Fuente Correspondiente incluye los archivos de definición
de interfaz asociados a los archivos fuente para la obra, así como el código
fuente para las bibliotecas compartidas y los subprogramas vinculados en forma
dinámica requeridos específicamente conforme a su diseño, por ejemplo, mediante
la comunicación de datos intrínseca o el control de flujo entre esos
subprogramas y otras partes de la obra.

 La Fuente Correspondiente no necesita incluir nada que los usuarios puedan
regenerar automáticamente de otras partes de la Fuente Correspondiente.

 La Fuente Correspondiente para una obra en código fuente es esa misma obra.


2. Permisos básicos.

 Todos los derechos que se otorgan conforme a esta Licencia se otorgan por el
término del copyright que ampara al Programa y son irrevocables siempre y cuando
se cumplan las condiciones establecidas. Esta Licencia lo autoriza en forma
expresa e ilimitada a ejecutar el Programa sin modificaciones. El producto
obtenido a partir de la ejecución de una obra amparada está cubierto por esta
Licencia únicamente si el producto, dado su contenido, constituye una obra
amparada. Esta Licencia reconoce sus derechos de uso razonable y otros
equivalentes, conforme a las leyes de copyright.

 Usted puede crear, ejecutar y propagar obras amparadas que no transmita, sin
condiciones en la medida en que su licencia siga vigente de alguna otra manera.
Usted puede transmitir obras amparadas a terceros con el único fin de que éstos
realicen modificaciones exclusivamente para usted, o que le proporcionen los
medios para ejecutar dichas obras, siempre y cuando usted cumpla con los
términos de esta Licencia en lo que respecta a la transmisión de cualquier
material que exceda su control del copyright. Aquéllos que de esta manera creen
o ejecuten las obras aparadas para usted deben hacerlo exclusivamente en su
nombre, bajo su dirección y control y sobre la base de términos que les prohíban
hacer copias de su material protegido por derechos de autor fuera de la relación
que mantienen con usted.

 La transmisión bajo cualquier otra circunstancia se permite únicamente conforme
a las condiciones que se describen a continuación. Se prohíbe sublicenciar; la
sección 10 hace que sea innecesario.


3. Protección de los derechos legales de los usuarios frente a la Ley
Anti-Evasión.

 Ninguna obra amparada se considerará parte de una medida tecnológica efectiva
conforme a cualquier ley aplicable que cumpla las obligaciones del artículo 11
del tratado de copyright WIPO adoptado el 20 de diciembre de 1996 o a leyes
similares que prohíban o restrinjan la evasión de dichas medidas.

 Cuando usted transmite una obra amparada, renuncia a cualquier facultad legal
de prohibir la evasión de medidas tecnológicas en la medida en que dicha evasión
se realice al hacer uso de los derechos que se otorgan conforme a esta Licencia
con respecto a la obra amparada, y niega cualquier intención de restringir el
uso o la modificación de la obra como una forma de hacer valer, en contra de los
usuarios de la obra, sus derechos legales o los derechos legales de terceros
para prohibir la evasión de medidas tecnológicas.


4. Transmisión de copias exactas.

 Usted puede transmitir copias exactas del código fuente del Programa tal cual
lo reciba, en cualquier medio, siempre y cuando publique de un modo llamativo y
adecuado un aviso de copyright apropiado en cada copia; mantenga intactos todos
los avisos que establecen que esta Licencia y cualquier término no-permisivo que
se agregue conforme a la sección 7 se aplican al código; mantenga intactos todos
los avisos mediante los cuales se niega cualquier tipo de garantía; y les
proporcione a todos los destinatarios una copia de esta Licencia junto con el
Programa.

 Usted puede cobrar el precio que usted desee o no cobrar nada por cada copia
que transmita, y puede ofrecer soporte o protección de garantía a cambio de una
tarifa.


5. Transmisión de versiones modificadas del código fuente.

 Usted puede transmitir una obra basada en el Programa, o las modificaciones
para producirlo a partir del Programa, en forma de código fuente conforme a los
términos de la sección 4, siempre y cuando también cumpla con todas las
condiciones que se incluyen a continuación:
    * a) La obra debe conservar avisos llamativos que establezcan que usted la
ha modificado e incluyan la fecha correspondiente.
    * b) La obra debe conservar avisos llamativos que establezcan que la misma
se realiza conforme a esta Licencia y a todas las condiciones que se agreguen
bajo la sección 7. Este requerimiento modifica el requerimiento de la sección 4
que establece que se deben “mantener intactos todos los avisos”.
    * c) Usted debe otorgar una licencia por la obra completa, en forma íntegra,
conforme a esta Licencia, a cualquier tercero que adquiera una copia. Por lo
tanto, esta Licencia, junto con cualquier término adicional aplicable de la
sección 7, se aplica a la obra en su totalidad y a todas sus partes,
independientemente del modo en que se las empaquete. Esta Licencia no lo
autoriza a otorgar licencias para la obra de ningún otro modo, pero no invalida
dicha autorización si usted la ha recibido por separado.
    * d) Si la obra tuviera interfaces de usuario interactivas, cada una de
ellas deberá mostrar Avisos Legales Apropiados. No obstante, si el Programa
tuviera interfaces interactivas que no mostraran Avisos Legales Apropiados,
usted no necesita incluirlos.

 Se denomina “conjunto” a la compilación de una obra amparada con otras obras
diferentes e independientes que por su naturaleza no sean extensiones de la obra
amparada ni se combinen con ella para formar un programa más grande en un
volumen de un medio de distribución o almacenamiento, si la compilación y el
copyright consiguiente no se utilizan para restringir el acceso o los derechos
legales de los usuarios de la compilación más allá de lo que permitan las obras
individuales. La inclusión de una obra amparada en un conjunto no implica que
esta Licencia se aplique a las otras partes del conjunto.


6. Transmisión de códigos que no son códigos fuente.

 Usted puede transmitir una obra amparada en código objeto conforme a los
términos de las secciones 4 y 5, siempre y cuando también transmita la Fuente
Correspondiente legible por máquina conforme a los términos de esta Licencia, de
alguna de las siguientes maneras:
    * a) Transmisión del código objeto dentro de un producto físico (incluidos
medios físicos de distribución) o incorporado a éste, acompañado de la Fuente
Correspondiente en un medio físico duradero habitual para el intercambio de
software.
    * b) Transmisión del código objeto dentro de un producto físico (incluidos
medios físicos de distribución) o incorporado a éste, acompañado de una oferta
escrita, que sea válida por un plazo mínimo de tres años y por el tiempo que
usted ofrezca repuestos o soporte técnico para ese modelo del producto, para
proporcionarle a cualquier persona que posea el código objeto (1) una copia de
la Fuente Correspondiente para todo el software del producto que esté amparado
por esta Licencia, en un medio físico duradero habitual para el intercambio de
software, a cambio de un precio que no exceda el costo razonable de la acción
física de transmitir esta fuente, o (2) acceso para la copia de la Fuente
Correspondiente desde un servidor de red sin costo alguno.
    * c) Transmisión de copias individuales del código objeto junto con una
copia de la oferta escrita para proporcionar la Fuente Correspondiente. Esta
opción se permite únicamente en ocasiones y para fines no comerciales, y sólo en
la medida en que usted haya recibido el código objeto con una oferta de esta
naturaleza, conforme a la subsección 6b.
    * d) Transmisión del código objeto ofreciendo acceso desde un lugar
determinado (en forma gratuita u onerosa) y ofreciendo un acceso equivalente a
la Fuente Correspondiente del mismo modo y desde el mismo lugar sin costo
adicional. No es necesario que les exija a los destinatarios que copien la
Fuente Correspondiente junto con el código objeto. Si el lugar ofrecido para
copiar el código objeto fuera un servidor de red, la Fuente Correspondiente
podrá estar en un servidor diferente (operado por usted o un tercero) que
ofrezca posibilidades de reproducción equivalentes, siempre y cuando se
incluyan, junto al código objeto, instrucciones claras para localizar la Fuente
Correspondiente. Independientemente de qué servidor albergue la Fuente
Correspondiente, usted mantiene la obligación de asegurarse de que el mismo esté
disponible por el tiempo que sea necesario para satisfacer estos requerimientos.
    * e) Transmisión del código objeto mediante transferencia entre usuarios
(peer to peer), siempre y cuando les informe a los usuarios la ubicación del
código objeto y la Fuente Correspondiente de la obra para el público en general
sin costo alguno conforme a la subsección 6d.

 No se necesita incluir una parte separable del código objeto, cuyo código
fuente se excluya de la Fuente Correspondiente como una biblioteca de sistemas,
para transmitir el código objeto de la obra.

 Por “producto de usuario” se entiende (1) un “producto de consumo”, que es
cualquier bien personal tangible que se utilice habitualmente para fines
personales, familiares o domésticos, o (2) cualquier cosa que se diseñe o
comercialice para su incorporación en una vivienda. Al determinar si un producto
es un producto de consumo, los casos dudosos deberán resolverse a favor del
amparo. Para un producto específico que recibe un usuario particular, un “uso
habitual” es el uso común o típico que se le suele dar a ese tipo de producto,
independientemente de la condición del usuario particular o de la forma en que
el usuario particular utilice el producto o de las expectativas propias o de
terceros con respecto al uso del producto. Un producto se considera un producto
de consumo independientemente de que que se le pueda dar usos sustanciales de
índole comercial, industrial o ajena al consumo, salvo que dichos usos
representen el único modo significativo de utilizar el producto.

 Por “información de instalación” de un producto de usuario se entiende
cualquier método, procedimiento, clave de autorización u otro tipo de
información requerida para instalar y ejecutar versiones modificadas de una obra
amparada en dicho producto de usuario a partir de una versión modificada de su
Fuente Correspondiente. La información debe ser suficiente para garantizar que
el funcionamiento continuo del código objeto modificado no se vea afectado o
imposibilitado por el solo hecho de haberse realizado la modificación.

 En el caso de que usted transmita el código objeto de una obra conforme a esta
sección en un producto de usuario, junto con un producto de usuario o
específicamente para su uso en un producto de usuario, y la transmisión se
produzca como parte de una transacción mediante la cual los derechos de posesión
y uso del producto de usuario se transfieran al destinatario por un plazo
limitado o ilimitado (independientemente de las particularidades de la
transacción), la Fuente Correspondiente transmitida conforme a esta sección
deberá ir acompañada de la información de instalación. Sin embargo, este
requerimiento no se aplicará en el caso de que ni usted ni un tercero conserven
la capacidad para instalar el código objeto modificado en el producto de usuario
(por ejemplo, que la obra se haya instalado en memoria ROM).

 El requerimiento de proporcionar información de instalación no implica la
necesidad de seguir proveyendo soporte técnico, garantías o actualizaciones para
una obra que haya sido modificada o instalada por el destinatario o para el
producto de usuario en el cual se la haya modificado o instalado. Podrá negarse
el acceso a una red cuando la modificación en sí misma pueda afectar de un modo
adverso y sustancial el funcionamiento de la red o infrinja las normas y los
protocolos de comunicación a través de la red.

 La Fuente correspondiente que se transmita y la información de instalación que
se proporcione conforme a esta sección deberán presentarse en un formato sobre
el cual exista documentación pública (y con una implementación disponible para
el público en código fuente) y no deberán requerir ninguna clave o contraseña
especial para su desempaquetamiento, lectura o reproducción.


7. Términos adicionales.

 Los “permisos adicionales” son términos que complementan los términos de esta
Licencia al permitir excepciones a una o más condiciones. Los permisos
adicionales que se aplican al Programa en su totalidad deberán tratarse como si
formaran parte de esta Licencia, en la medida en que sean válidos conforme a las
leyes aplicables. En el caso de que los permisos adicionales se apliquen
únicamente a una parte del Programa, esta parte podrá utilizarse por separado
conforme a dichos permisos, pero el Programa en su totalidad seguirá rigiéndose
de acuerdo a esta Licencia independientemente de los permisos adicionales.

 Cuando usted transmita una copia de una obra amparada, podrá optar por eliminar
cualquier permiso adicional de dicha copia o de cualquier parte de la misma (en
ciertos casos, cuando usted modifique la obra, podrán establecerse permisos
adicionales para requerir la eliminación de los mismos). Tiene autorización para
incluir permisos adicionales en un material que usted haya agregado a una obra
amparada y sobre el cual usted posea o pueda otorgar permisos de copyright
adecuados.

 Independientemente de cualquier otra disposición de esta Licencia, con respecto
al material que usted agregue a una obra amparada, usted podrá (en la medida en
que lo autoricen los titulares de los derechos de copyright de dicho material)
complementar los términos de esta Licencia con los siguientes términos:
    * a) Ausencia de garantías o limitación de la responsabilidad más allá de
los términos de las secciones 15 y 16 de esta Licencia; o
    * b) Obligación de conservación de atribuciones de autoría o avisos legales
razonables específicos en dicho material o en los avisos legales apropiados que
se muestren en las obras que lo contengan; o
    * c) Prohibición de tergiversación del origen del material, o requerimiento
de que en las versiones modificadas de dicho material se indique de un modo
razonable que son diferentes de la versión original; o
    * d) Limitación del uso de los nombres de los licenciantes o autores del
material para fines publicitarios; o
    * e) Negativa con respecto al otorgamiento de derechos conforme a las leyes
de marcas para el uso de ciertos nombres comerciales, marcas de productos o
marcas de servicios; o
    * f) Requerimiento de indemnización de los licenciantes o autores de dicho
material por parte de cualquier persona que transmita el material (o versiones
modificadas del mismo) bajo presunciones contractuales de responsabilidad del
destinatario por cualquier responsabilidad que dichas presunciones contractuales
impongan directamente sobre los licenciantes y autores del material.

 Cualquier otro término adicional no permisivo se considerará una “restricción
adicional” en el contexto de la sección 10. En el caso de que el Programa, tal
cual usted lo recibió, o cualquier parte del mismo contengan un aviso que
indique que el mismo se rige según esta Licencia junto con un término que
constituya una restricción adicional, podrá eliminar dicho término. En el caso
de que un documento de licencia contenga una restricción adicional pero permita
la extensión de la licencia o la transmisión del programa conforme a esta
Licencia, usted podrá agregar a la obra amparada cualquier material conforme a
los términos de dicho documento de licencia, siempre y cuando la restricción
adicional no se mantenga tras la extensión de la licencia o la transmisión del
programa.

 En el caso de que usted agregue términos a una obra amparada conforme a esta
sección, deberá incluir en los archivos fuente correspondientes una declaración
de los términos adicionales que se aplican a dichos archivos o un aviso que
indique la ubicación de los términos aplicables.

 Se podrán establecer términos adicionales, sean éstos permisivos o no
permisivos, en una licencia escrita independiente, o a modo de excepciones; sea
como fuere, se aplicarán los requerimientos mencionados anteriormente.


8. Cancelación.

 Usted no está autorizado a propagar o modificar una obra amparada de ningún
otro modo que no se estipule en esta Licencia. Cualquier intento no autorizado
por propagarla o modificarla se considerará nulo y conllevará la cancelación
automática de los derechos que le haya otorgado esta Licencia (incluida
cualquier licencia de patente otorgada conforme al párrafo tercero de la sección
11).

 No obstante, en el caso de que deje de violar las cláusulas de esta Licencia,
un titular de derechos de copyright particular podrá restituirle la licencia (a)
en forma provisoria, hasta tanto dicho titular dé por finalizada su licencia en
forma expresa y definitiva, y (b) en forma permanente, si dicho titular no lo
notificara de la infracción por algún medio razonable antes de los 60 días
posteriores a la cancelación.

 Asimismo, la licencia que le otorgue un titular de derechos de copyright
particular se le restituirá en forma permanente si dicho titular lo notificara
de la infracción por algún medio razonable, ésta fuera la primera vez que usted
hubiese recibido una notificación de violación de esta Licencia (por cualquier
obra) emitida por dicho titular, y usted subsanara la infracción en un plazo de
30 días a partir de la recepción de la notificación.

 La extinción de sus derechos conforme a esta sección no cancela las licencias
de aquellos terceros a los que usted les haya otorgado copias o derechos
conforme a esta Licencia. En el caso de que sus derechos se cancelen y no se le
restituyan en forma permanente, usted no estará capacitado para recibir nuevas
licencias para el mismo material conforme a la sección 10.


9. Aceptación innecesaria para la posesión de copias.

 Usted no está obligado a aceptar esta Licencia para poder recibir o ejecutar
una copia del Programa. De modo similar, la propagación secundaria de una obra
amparada que se produzca únicamente como consecuencia de una transferencia entre
usuarios (peer to peer) a fin de recibir una copia tampoco requiere aceptación.
No obstante, esta Licencia es lo único que lo autoriza a propagar o modificar
cualquier obra amparada. En el caso de que usted no acepte esta Licencia, los
actos anteriores representarán una violación de las leyes de copyright. Por lo
tanto, al modificar o propagar una obra amparada, usted expresa su aceptación de
esta Licencia para hacerlo.


10. Traspaso automático de licencia a destinatarios subsiguientes.

 Cada vez que usted transmite una obra amparada, el destinatario recibe
automáticamente de los licenciantes originales una licencia para ejecutar,
modificar y propagar la obra conforme a esta Licencia. Usted no es responsable
de asegurar el cumplimiento de esta Licencia por parte de terceros.

 Una “transacción entre entidades” es una transacción mediante la cual se
transfiere el control de una organización o de todo el patrimonio de una
organización, se subdivide una organización o se fusionan dos o más
organizaciones. En el caso de que la propagación de una obra amparada se deba a
una transacción entre entidades, cada parte de la transacción que reciba una
copia de la obra también recibirá todas las licencias para la obra que el
predecesor de la parte tuviera o pudiera otorgar conforme al párrafo anterior,
más el derecho de recibir de su predecesor la Fuente Correspondiente de la obra,
si el predecesor la tuviera en su poder o pudiera obtenerla con un esfuerzo
razonable.

 Usted no puede imponer restricciones adicionales para el ejercicio de los
derechos que se otorgan o consolidan conforme a esta Licencia. Por ejemplo,
usted no puede imponer tarifas, regalías u otros cargos a cambio del ejercicio
de los derechos que se otorgan conforme a esta Licencia, así como tampoco puede
iniciar acciones legales (incluidas demandas y contrademandas en un pleito)
sobre la base de una infracción de patentes por crear, usar, comercializar,
ofrecer para la venta o importar el Programa o cualquier parte del mismo.


11. Patentes.

 Un “colaborador” es un titular de derechos de copyright que autoriza el uso
conforme a esta Licencia del Programa o de una obra sobre la cual se base el
Programa. La obra cuya licencia se otorgue de esta manera se denomina “versión
en colaboración” del colaborador.

 Los “derechos de patente fundamentales” de un colaborador son todos los
derechos de patente bajo la titularidad o el control del colaborador, ya sea que
se los hubiese adquirido previo al otorgamiento de esta Licencia o a partir del
mismo, que puedan infringirse de algún modo permitido por esta Licencia para
crear, usar o vender su versión en colaboración, pero no incluyen derechos que
se podrían infringir únicamente como consecuencia de modificaciones posteriores
a la versión en colaboración. A los efectos de esta definición, el “control”
incluye el derecho de otorgar sublicencias de patente de un modo acorde a los
requerimientos de esta Licencia.

 Cada colaborador le otorga a usted una licencia de patente internacional
no-exclusiva libre de regalías conforme a los derechos de patente fundamentales
del colaborador para crear, usar, comercializar, ofrecer para la venta, importar
y ejecutar, modificar y propagar de algún otro modo el contenido de su versión
en colaboración.

 En los tres párrafos que se incluyen a continuación, una “licencia de patente”
es cualquier contrato o acuerdo expreso, independientemente de su denominación,
mediante el cual se convenga no ejercer derechos de patente (como, por ejemplo,
una autorización expresa para hacer uso de una patente o una cláusula que
establezca que no se iniciarán acciones legales por infringir los derechos de
patente). Por “otorgar” una licencia de patente de esta naturaleza a otra parte
se entiende el acto de celebrar un contrato o acuerdo mediante el cual se
conviene no ejercer derechos de patente en contra de dicha parte.

 En el caso de que usted transmita una obra amparada, a sabiendas de que está
sujeta a una licencia de patente, y la Fuente Correspondiente de la obra no
estuviera disponible para su reproducción, en forma gratuita y conforme a los
términos de esta Licencia, a través de un servidor de red de acceso público u
otro medio igualmente accesible, usted deberá (1) poner la Fuente
Correspondiente a disposición del destinatario subsiguiente, (2) renunciar al
beneficio de la licencia de patente para esta obra en particular, o bien (3)
tomar las medidas necesarias para extender la licencia de patente a los
destinatarios subsiguientes de un modo acorde a los requerimientos de esta
Licencia. La frase “a sabiendas de que está sujeta a una licencia de patente”
significa que usted efectivamente sabe que, de no ser por la licencia de
patente, su transmisión de la obra amparada en un país o el uso que pudiera
darle el destinatario a la obra amparada en un país infringirían una o más
patentes identificables en dicho país que usted considera válidas por diversas
razones.

 En el caso de que, en relación con una transacción o contrato individual, usted
transmitiera una obra amparada o la propagara consiguiendo su transmisión y
otorgara a algunas de las partes que reciban la obra amparada una licencia de
patente que las autorizara a usar, propagar, modificar o trasmitir una copia
específica de la obra amparada, la licencia de patente que usted otorgue se
extenderá automáticamente a todos los destinatarios de la obra amparada y a las
obras que se basen en ella.

 Una licencia de patente se considera “discriminatoria” cuando no incluye dentro
de su ámbito de cobertura uno o más de los derechos que se otorgan
específicamente conforme a esta Licencia, prohíbe el uso de dichos derechos o se
otorga como condición de que no se usen dichos derechos. Usted no debe
transmitir una obra amparada si fuese una de las partes de un contrato con un
tercero que se dedicara a la distribución de software, conforme al cual usted
debiera pagarle al tercero por la actividad que usted realice con respecto a la
transmisión de la obra y el tercero le otorgara a cualquiera de las partes que
reciban de usted la obra amparada una licencia de patente discriminatoria (a) en
relación con las copias de la obra amparada transmitidas por usted (o las copias
que se hagan de esas copias), o (b) principalmente para compilaciones o
productos específicos que contengan la obra amparada y en relación con éstos, a
menos que usted hubiese celebrado dicho contrato o que la patente se hubiese
otorgado antes del 28 de marzo de 2007.

 Ninguna disposición de esta Licencia deberá interpretarse como excluyente o
limitativa de ninguna licencia implícita u otras defensas legales contra
infracciones a las que, de otro modo, usted pudiese tener derecho conforme a la
ley de propiedad intelectual vigente.


12. Protección de la libertad de terceros.

 En el caso de que le fueran impuestas condiciones (ya sea por una orden
judicial, un contrato o de algún otro modo) que contradijeran las condiciones de
esta Licencia, usted no quedará eximido de cumplir las condiciones de esta
Licencia. En el caso de que no pueda transmitir una obra amparada de un modo que
le permita cumplir simultáneamente con las obligaciones establecidas por esta
Licencia y cualquier otra obligación pertinente, no podrá transmitirla de ningún
modo. Por ejemplo, en el caso de que usted acepte términos que lo obliguen a
cobrar regalías por retransmisión de aquéllos a los que usted transmita el
Programa, la única forma de satisfacer tanto dichos requerimientos como esta
Licencia será abstenerse de transmitir el Programa.


13. Uso conjunto con la Licencia Pública General Affero de GNU.

 Independientemente de cualquier otra disposición de esta Licencia, usted tiene
permiso para vincular o combinar cualquier obra amparada con una obra cuya
licencia se otorgue conforme a la versión 3 de la Licencia Pública General
Affero de GNU en una única obra combinada y transmitir la obra resultante. Los
términos de esta Licencia seguirán aplicándose a la parte que corresponda a la
obra amparada, pero los requerimientos especiales de la sección 13 de la
Licencia Pública General Affero de GNU sobre la interacción a través de una red
se aplicarán a la combinación como tal.


14. Revisiones de esta Licencia.

 La Fundación para el Software Libre podrá publicar revisiones y/o versiones
nuevas de la Licencia Pública General de GNU de vez en cuando. Tales versiones
serán de naturaleza similar a la versión actual, pero podrán diferir en cuanto a
los detalles para afrontar nuevos problemas o inquietudes.

 Cada versión recibirá un número de versión que la distinga. En el caso de que
el Programa especifique que se rige por una versión determinada de la Licencia
Pública General de GNU “o cualquier versión posterior”, usted podrá optar por
adoptar los términos y condiciones de dicha versión específica o de cualquier
versión posterior que publique la Fundación para el Software Libre. En el caso
de que el Programa no especifique un número de versión de la Licencia Pública
General de GNU, usted podrá regirse por cualquier versión que haya publicado la
Fundación para el Software Libre.

 Si el Programa especificara que un apoderado puede decidir qué versiones de la
Licencia Pública General de GNU pueden aplicarse en el futuro, la declaración
pública del apoderado sobre la aceptación de una versión determinada lo
autorizará a usted, en forma permanente, a optar por dicha versión para el
Programa.

 Puede que las versiones posteriores de la licencia le otorguen permisos
adicionales o diferentes. No obstante, no se les impondrán obligaciones
adicionales a ningún autor o titular de derechos de copyright como resultado de
la adopción de la versión posterior que usted elija.


15. Ausencia de garantías.

 EL PROGRAMA SE OFRECE SIN NINGÚN TIPO DE GARANTÍAS, EN LA MEDIDA EN QUE LO
PERMITAN LAS LEYES APLICABLES. SALVO DISPOSICIÓN CONTRARIA POR ESCRITO, LOS
TITULARES DE DERECHOS DE COPYRIGHT Y/U OTRAS PARTES PROVEEN EL PROGRAMA "TAL
CUAL" SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO, YA SEAN EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS,
AUNQUE NO EN FORMA TAXATIVA, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD Y
APTITUD PARA UN PROPÓSITO DETERMINADO. USTED ASUME TODOS LOS RIESGOS CON
RESPECTO A LA CALIDAD Y EL DESEMPEÑO DEL PROGRAMA. EN EL CASO DE QUE EL PROGRAMA
TUVIERA DEFECTOS, USTED ASUME EL COSTO DE TODAS LAS ACTIVIDADES DE
MANTENIMIENTO, REPARACIÓN O CORRECCIÓN.


16. Limitación de la responsabilidad.

EN NINGÚN CASO, SALVO QUE ASÍ LO DISPONGAN LAS LEYES APLICABLES O UN CONTRATO
POR ESCRITO, UN TITULAR DE DERECHOS DE COPYRIGHT O UN TERCERO QUE MODIFIQUE Y/O
TRANSMITA EL PROGRAMA SEGÚN SE AUTORIZA ANTERIORMENTE SERÁ RESPONSABLE ANTE
USTED DE CUALQUIER DAÑO, INCLUIDOS DAÑOS GENERALES, ESPECIALES, FORTUITOS O
DERIVADOS, QUE PUEDA SURGIR DEL USO O LA INCAPACIDAD DE USO DEL PROGRAMA
(INCLUIDOS, AUNQUE NO TAXATIVAMENTE, LA PÉRDIDA DE INFORMACIÓN, EL SUMINISTRO DE
INFORMACIÓN IMPRECISA O LAS PÉRDIDAS QUE PUEDAN SUFRIR USTED O UN TERCERO O LA
INCAPACIDAD DEL PROGRAMA PARA INTERACTUAR CON OTROS PROGRAMAS), AUN CUANDO DICHO
TITULAR O TERCERO HUBIESE SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.


17. Interpretación de las secciones 15 y 16.

 En el caso de que las cláusulas de ausencia de garantías y limitación de la
responsabilidad anteriores carecieran de validez legal a nivel local conforme a
sus términos, los juzgados deberán aplicar las leyes locales que más se asimilen
a una exención absoluta de cualquier responsabilidad civil en relación con el
Programa, salvo que una copia del Programa estuviera acompañada de una garantía
o presunción de responsabilidad a cambio de una tarifa.

                     FIN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES



       Cómo aplicar estos términos a sus programas nuevos

 Si usted desarrolla un programa nuevo y desea que el público le encuentre la
mayor utilidad posible, la mejor manera de lograrlo es hacer de éste un software
libre para que todos lo puedan redistribuir y modificar conforme a estos
términos.

 Para hacerlo, adjunte los siguientes avisos al programa. Lo más seguro es
añadirlos al comienzo de cada archivo fuente a fin de que se establezca de un
modo efectivo la exclusión de garantías. Asimismo, cada archivo debería incluir
el renglón del “copyright” y un vínculo a la ubicación del aviso completo.

    <un renglón para incluir el nombre del programa y una descripción breve de
sus funciones.>
	Copyright © <año>  <nombre del autor>

	Este programa es software libre: usted puede redistribuirlo y/o
modificarlo conforme a los términos de la Licencia Pública General de GNU
publicada por

	la Fundación para el Software Libre, ya sea la versión 3 de esta
Licencia o (a su elección) cualquier versión posterior.


	Este programa se distribuye con el deseo de que le resulte útil, pero
SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO; ni siquiera con las garantías implícitas de

	COMERCIABILIDAD o APTITUD PARA UN PROPÓSITO DETERMINADO.  Para más
información, consulte la Licencia Pública General de GNU.


	Junto con este programa, se debería incluir una copia de la Licencia
Pública General de GNU.
  De no ser así, ingrese en <http://www.gnu.org/licenses/>.

 También incluya información de contacto que les permita a los destinatarios
comunicarse con usted, ya sea por correo electrónico o convencional.

 Si el programa admite la interacción entre terminales, asegúrese de que muestre
un breve aviso como el que se incluye a continuación cuando se inicie en modo
interactivo:

    <programa>  Copyright © <año>  <nombre del autor>
	Este programa se proporciona SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO; para más
información escriba 'show w'.
	Este programa es software libre y usted puede redistribuirlo conforme a
ciertas condiciones; para más información, escriba 'show c'.


 Los comandos hipotéticos 'show w' y 'show c' deberían mostrar las partes
correspondientes de la Licencia Pública General. De más está decir que los
comandos de su programa pueden ser diferentes; para una interfaz gráfica de
usuario, debería utilizar un cuadro de diálogo de tipo “acerca de”.

 En el caso de que trabaje como programador para un empleador o establecimiento
educativo, también asegúrese de que éste firme una “renuncia de copyright” para
el programa, si fuera necesario. Para más información a este respecto y sobre
cómo aplicar y cumplir la GNU GPL, ingrese en <http://www.gnu.org/licenses/>.

 La Licencia Pública General de GNU no autoriza la inclusión de su programa en
programas de propiedad privada. Si su programa fuera una biblioteca de
subrutinas, puede que considere más útil permitir la vinculación de aplicaciones
de propiedad privada con la biblioteca. Si usted deseara hacer esto, utilice la
Licencia Pública General Reducida de GNU en lugar de esta Licencia. Pero
primero, por favor, lea la información que se incluye en
<http://www.gnu.org/philosophy/why-not-lgpl.html>.
